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INFORMACIÓN DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA, sobre las Novedades sobre el pago y presentación de ingresos de la Junta de Andalucía:

Con motivo de la entrada en vigor el día 6 de junio 2024, de los Capítulos III y IV de la Orden de 22 de marzo de 2024, por la que se regula la presentación de autoliquidaciones, declaraciones y otros documentos vinculados a la gestión de ingresos en la Plataforma de Pago y Presentación, la realización de los ingresos de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como la prestación del servicio de colaboración de las entidades de crédito en la gestión recaudatoria, se han implementado las siguientes modificaciones funcionales en el sistema SUR:

  • Generación de NRC por parte de la Administración para los pagos con tarjeta. A partir de ahora, a los pagos realizados desde la Plataforma de Pago y Presentación Telemática, efectuados mediante tarjeta bancaria, se les calculará y generará por parte de la Administración su correspondiente NRC. Para los pagos realizados mediante cargo en cuenta, ya sean gestionados desde la propia Plataforma de Pago o gestionados por cualquier medio dispuesto por la entidad colaboradora, el NRC lo seguirá generando dicha entidad. El NRC aparecerá reflejado tanto en el justificante del documento origen como en el justificante de ingreso de la propia carta de pago (modelo 909). Este código NRC permite identificar y vincular de forma unívoca el ingreso de la carta de pago (909) a la liquidación o autoliquidación que corresponda.
  • Para los documentos de ingreso generados con anterioridad al día 06 de junio de 2024 y que no tengan modelo 909 asociado, deberá obtenerse su carta de pago (modelo 909) para poder proceder al ingreso. Para ello se ha habilitado el siguiente enlace en la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía, mediante el cual se puede obtener un modelo 909 a partir de otro documento con ingreso. A este enlace se puede acceder desde ATRIAN Oficina Virtual/Servicios de información y validación/Obtención de carta de pago 909 a partir del documento origen en el siguiente enlace:

https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/documento-a-909

  • La modalidad de pago con justificante no NRC, disponible en el perfil de empleado público de la ATRIAN, dejará de utilizarse en la presentación de autoliquidaciones. No obstante, se mantendrá operativa a efectos de poder realizar la presentación de los ingresos realizados con anterioridad al día 06 de junio de 2024.
  • Correo electrónico para envío de justificante de pago o presentación. Una vez completada la confección correspondiente, y antes de llevar a cabo su presentación a través de la Plataforma de Pago y Presentación Telemática, justo antes de pulsar en “Firmar, pagar y presentar”, el interesado tendrá la posibilidad opcionalmente, de indicar un correo electrónico a efectos de ser informado del resultado de la operación efectuada y, en caso de que ésta hubiera concluido con éxito recibir el justificante de dicha presentación. En caso que el proceso de pago/presentación no concluya satisfactoriamente se informará también de ello mediante correo electrónico, sin adjuntar justificante alguno, dando indicaciones de los pasos a realizar por el interesado.
  • Recepción de ingresos en SUR mediante cuaderno bancario 43 y aplicación diaria. Los ingresos recaudados por las EECC se recibirán y grabarán en SUR mediante el procesamiento del cuaderno bancario normalizado o norma 43. Esta recepción y procesamiento se llevará a cabo diariamente con la finalidad de que todos los ingresos puedan ser contabilizados y aplicados al presupuesto el día hábil siguiente al de su realización. Para los ingresos que por algún motivo no puedan ser identificados y por lo tanto aplicados al presupuesto, se generará documentos del modelo 095, diferenciado por conceptos según el caso de error. Con la generación de estos 095 se traspasará el saldo recibido a una cuenta extrapresupuestaria creada al efecto para incidentes, de forma que la D.G de Tesorería y Deuda Pública los revise y gestione con las EECC su resolución. Para ello, se ha creado una nueva herramienta o módulo SUR que permitirá localizar y gestionar según proceda estos documentos 095 generados. Este nuevo módulo se encuentra accesible solo por determinados perfiles de usuarios en el menú Ingresos / Gestión de incidencias recaudatorias.

DECARGA AQUÍ NOTA INFORMATIVA

Con fecha 12/03/2024 recibimos por parte del Consejo General de Colegio de Graduados Sociales de España el criterio de gestión nº 5/2024 que ha emitido la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica del Instituto Nacional de la Seguridad Social con fecha 8 de marzo de 2024.” dicho criterio trata sobre el reconocimiento a los hombres del complemento por maternidad por aportación demográfica previsto en el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto-legislativo 8/2015, de 30 de octubre (TRLGSS), en la redacción original dada por el TRLGSS.

DESCARGAR AQUÍ 

-RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN RECIBIDA SOBRE EL PLAN DE PENSIONES DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN-

 

  • Acceso al webinar del Consejo General de Colegio Oficiales de Graduados Sociales de España de febrero de 2024 pinchar aquí

 Preguntas y respuestas de la webinar

 

  • 29/02/2024 CONSULTA A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ACERCA DE COTIZACIONES DE ATRASOS AL PLAN DE PENSIONES DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

Circular de la contestación efectuada, en fecha 5 de febrero de 2024, por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en relación con una consulta formulada por la Confederación Nacional de la Construcción acerca si puede entenderse ajustado a Derecho considerar el pago de los atrasos como un devengo superior al mes, de forma que las bases de cotización a la Seguridad Social del año 2024 de las personas trabajadoras afectadas por dicho Plan incluyan los atrasos de 2022 y 2023 de manera prorrateada. Descargar aquí

  • 01/03/2024 INFORMACIÓN RECIBIDA DE LA CONFEDERACIÓN NACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN:

Guía Práctica del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la ConstrucciónGuía Práctica del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la ConstrucciónVersión de 27 de febrero de 2024. Guía Práctica del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la ConstrucciónGuía Práctica del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la ConstrucciónVersión de 27 de febrero de 2024. 

 

DIAPOSITIVAS DE LA WEBINAR PLAN DE PENSIONES 

Guia empresas

  • 06/03/2024 BOP ALMERIA PUBLICACIÓN ACUERDO INCREMENTO SALARIAL Y APORTACIÓN AL PLAN DE PENSIONES DE LA CONSTRUCCIÓN (descargar)

MAIL SOPORTE VIDACAIXA: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

La Agencia Tributaria de Andalucía INFORMA con relación al convenio de colaboración suscrito este Colegio Oficial, a través de nuestro Consejo Andaluz con la Agencia Tributaria de Andalucía.

Mediante esta comunicación, les informamos que desde del día 21 de febrero de 2024, los modelos de liquidaciones y autoliquidaciones competencia de la Agencia Tributaria de Andalucía incorporan un nuevo modelo de carta de pago, modelo 909 Carta de pago única.  

Dicho modelo sustituye a los ejemplares de carta de pago y talón de cargo de los modelos tributarios, por lo que la verificación del ingreso no vendrá consignada en propio modelo de autoliquidación o liquidación, si no la nueva carta de pago 909. 

No obstante, durante varios meses estaremos en un periodo transitorio, pudiéndose ingresar el pago de un impuesto tanto con el modelo de autoliquidación o liquidación que actualmente esté generadas, como por el nuevo modelo 909.  

 MODELO 909

Para más información, os dejamos el enlace a la nota informativa publicada en la web de la ATRIAN.

Esperando que dicha información te sea de gran interés, recibe un cordial saludo.

Fdo.: María del Mar Ayala Andújar

Presidenta

Estimado/a Colegiado/a:

Con motivo del periodo estival en que nos encontramos y que el martes 15 es festivo nacional  -la 𝗙𝗲𝘀𝘁𝗶𝘃𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗔𝘀𝘂𝗻𝗰𝗶𝗼́𝗻-, hemos decidido hacer puente por lo que te informo que el lunes 14 y martes 15 de agosto el Colegio permanecerá cerrado.

Esperando que también puedas descansar estos días, recibe un cordial saludo,

 

Fdo.: María del Mar Ayala Andújar

Presidenta

 

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La Secretaría Coordinadora de Almería COMUNICA  respecto a las notificaciones durante el mes de AGOSTO y primeros días de SEPTIEMBRE:

Con motivo de la cercanía del mes de Agosto, y siguiendo directrices del Ministerio de Justicia y del Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno del TSJ de Andalucía, se recuerda  la prohibición en el mes de Agosto de realizar notificaciones vía LEXNET, salvo las excepciones legales, así como las pautas a seguir en los primeros días de Septiembre y recomendaciones para los últimos días de julio, comunicando que,  durante todo el mes de Agosto se van a monitorizar todas las notificaciones que sean efectuadas desde los órganos judiciales para su control y ajuste a lo previsto en la Ley, de ahí la importancia de recordar al personal del Juzgado esta prohibición legal y la de seguir las indicaciones de esta comunicación.

 1.NOTIFICACIONES DURANTE EL MES DE AGOSTO.

De conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley 1/2000 de enjuiciamiento Civil (LEC) no se practicarán actos de comunicación a los profesionales por vía electrónica durante los días del mes de agosto. Se exceptúan de ese principio general las actuaciones para las que sean hábiles los días de este mes, bien por preverlo así la Ley o bien por haberse habilitado los días por razones de urgencia por el Juez o el Letrado de la Administración de Justicia en los términos previstos por el artículo 131 LEC.

Desde la Secretaría de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia se efectuará un control diario del cumplimiento de esta prohibición, requiriéndose a los juzgados que la incumplan a través de los respectivos Secretarios Coordinadores o en su caso de Gobierno, para que justifiquen los motivos de las notificaciones que se efectúen en el mes de agosto.

2. NOTIFICACIONES DURANTE EL MES DE SEPTIEMBRE

Las resoluciones que se acumulen durante el mes de agosto, se notificarán durante los primeros días del mes de septiembre de conformidad con las previsiones del artículo 16.4 del Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, que prevé que el propio sistema impedirá que se supere en más de un cincuenta por ciento al día el volumen de salida ordinario de actos de comunicación y, si técnicamente no fuera posible, los responsables del envío adoptaran las medidas necesarias a tal fin, repartiendo de forma gradual el exceso acumulado en remisiones consecutivas durante los cinco días posteriores al periodo de inhabilidad.

En el siguiente enlace podrás descargar el ARCHIVO con las pautas de tramitación en periodo inhábil de notificaciones y cuota regulada en el sistema de Gestión Procesal y Lexnet. En el que aparece tanto en lo que se refiere a los Órganos que continúan con el Adriano, como para aquellos que ya tienen implantado el nuevo @Adriano, como los Juzgados de lo Contencioso, Sociales.

DESCARGAR ANEXO PAUTAS TRAMITACIÓN EN PERIODO INHÁBIL NOTIFICACIONES Y CUOTA REGULADA EN EL SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL Y LEXNET

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Estimado/a compañero/a:

Remitimos información que nos ha enviado la Jefa de Servicio de Administración Laboral de la Delegación Territorial Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo donde nos comunica sobre:

• Nuevo acceso directo para la PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE PAPELETAS DE CONCILIACIÓN desde la Web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, estando actualmente disponible.

• Se encuentra en el apartado RELACIONES LABORALES/MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN, y podrán acceder a través del siguiente enlace:

https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/relaciones-laborales/mediacion.html

 

CODIGO

La constante normativa jurídica que hoy tenemos que conocer y aplicar como profesionales del Derecho se hace cada vez más farragosa y recopilar tanto como tenemos que conocer es cierto que muchos despachos y en especial los profesionales, entramos en una espiral de inseguridad que cada vez se hace más complejo y nada fácil de llevar.

 

Nuestro Consejo General ha llevado a cabo gestiones para que exista un sumario de toda la recopilación normativa, así como de las normas más destacadas para completar nuestros conocimientos.

 

El pasado 26 de abril, por parte de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (AEBOE), actualizaron el Código de la Profesión de Graduado Social.

DESCARGAR CÓDIGO DE LA PROFESIÓN DE GRADUADO SOCIAL

 

Antes de nada, tienes que tener instalado en el ordenador un software que se llama "AUTOFIRMA”.

Si no lo tienes, se puede descargar aquí:

https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html  

Para apoderar, tienes que copiar en el navegador el siguiente enlace: https://sedejudicial.justicia.es/

* Una vez en la WEB, pinche en "ver más trámites y servicios".

* Pulse en el acceso "Clave" de "Apoderamiento Apud Acta".

* Acceda con el certificado electrónico de la entidad.

* Pinche en "Apoderamiento Apud Acta".

* Pinche en "Nuevo".

* Pinche en acceder como "PODERDANTE".

* Rellene sus datos.

Clicar en "añadir apoderado"

Tipo de profesional: GRADUADO SOCIAL

Número de colegiado: XXX

Colegio: COLEGIO DE GRADUADOS SOCIALES DE ALMERÍA. 

(Los datos del colegiado/a deben salir automáticamente)


En tipo de procedimiento, pulse "para cualquier actuación judicial".

En facultades, pulse "PODER GENERAL PARA PLEITOS".

En la pantalla siguiente, vale la caducidad que pone, por defecto (5 años). 

Sigue aceptando hasta el final y firmar digitalmente. 

Cuando acabe, guardar el pdf para remitir al colegiado/a.