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En esta publicación recopilamos información interesante sobre el TELETRABAJO, esperando sea de vuestro interés. 

Os recordamos que se reguló en el Real Decreto Ley 28/2020 de 22 de septiembre.

Entre las novedades, la norma define las circunstancias en las que se aplica, cómo se reparten los gastos y se distribuye la jornada laboral. Se refuerza el papel de la negociación colectiva, a través de convenios y acuerdos que determinarán condiciones y aspectos relevantes como el derecho a la desconexión, la flexibilidad horaria y la reversibilidad del teletrabajo.


¿Qué se considera como trabajo a distancia?
Se entenderá como trabajo a distancia regular aquel que se preste, en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo.

Descarga aquí conferencia sobre el TELETRABAJO impartida el pasado 30 de octubre de 2020 en nuestras III Jornadas Laborales organizadas con la UNED por D. Adrian Todolí  , Doctor en Derecho. Licenciado en economía. Profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia. 

Descarga aquí un MODELO DE ACUERDO DE TELEBRABAJO elaborado por nuestros colaboradores GRUPO 2000.

Descarga aquí un MODELO PACTO SOBRE EL TELETRABAJO elaborado por la EDITORIAL JURÍDICA SEPÍN , colaborador del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Graduados Sociales. 

 

Estimado/as Colegiados/as:

Ante las restricciones actuales,  hemos elevado consulta sobre los CERTIFICADOS DE MOVILIDAD a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería  habiendo obtenido respuesta con las siguientes directrices:

Para justificar la motivación laboral de un desplazamiento es necesario mostrar dicho certificado.

PARTES QUE DEBE CONTENER:

- La identidad de la empresa (y de quien emite el certificado).

- La identidad del empleado que se va a desplazar, su municipio de residencia y el municipio (o municipios, por ejemplo, en caso de personal de obras, servicios, comerciales, que no tienen un sólo centro de trabajo) a donde debe ir por obligaciones laborales, así como los periodos temporales en que se realiza ese trabajo.

- En el caso de trabajadores autónomos, pueden llevar la acreditación de su situación de alta en el régimen correspondiente de la seguridad social y si tienen justificante del contrato o encargo del trabajo que motiva el desplazamiento.

En cuanto a la legislación que debe aparecer, ahora es:

- El Decreto vigente ->  Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

 

Debido a la nueva situación que nos acontece os recordamos que la REINSCRIPCIÓN O ACTUALIZACIÓN de la DEMANDA DE EMPLEO se realizará a través de la página www.citaempleo.es o llamando al 955-625695 en horario de 8:00 a 20:00 horas.

Para otras gestiones tales como ofertas, entrevistas correspondientes a programas (RAI, Renta Agraria) u otras consultar el documento adjunto “Cita previa”.

Toda esta información está actualizada en la página de la Oficina Virtual de Empleo https://cutt.ly/5jO8rEO  

 Así mismo el SAE ha elaborado dípticos informativos que a continuación detallamos y se adjuntan al presente correo:

Situación administrativa de demanda en ALTA. Persona que no percibe ningún tipo de prestación ni subsidio.

Situación administrativa de demanda en ALTA. Persona que percibe prestación o subsidio.

Situación administrativa de demanda en ALTA pero suspendida por ERTE.

Y recuerda que, como colegiado, dispones de un buzón de incidencias a través de la web https://www.cgsalmeria.com/incidencias 

Esperando que dicha información haya sido de utilidad, recibe un cordial saludo.

El pasado día 17 de Junio del 2020 se firmó un Convenio de Colaboración entre la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía  y nuestro Excmo. Consejo Andaluz, con el fin de  que el colectivo Andaluz de Graduados  Sociales pueda realizar  “la presentación y pago de autoliquidaciones, la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros”, actuando así  como Colaboradores Sociales de dicha Agencia Tributaria. 


Si estás interesado /a en adherirte como Colaborador Social a la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía, deberás remitirnos correctamente cumplimentado y firmando el modelo de adhsión individualizado  al mail de colegio: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 

 

ATRIAN CONVENIO DOCUMENTO INDIV  ADHESION 

ATRIAN CONVENIO MODELO DE REPRESENTACIONATRIAN CONVENIO MODELO DE REPRESENTACION

NOTA DE PRENSA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ANDALUCÍA

17-02-21 ACLARACIÓN SOBRE EL CONV. FIRMADO ENTRE EL CONSEJO GRAL. Y LA AG. TRIB. JUNTA DE ANDALUCÍA

01-10-2021 INFORMACIÓN SOBRE AUDITORÍA A LOS COLABORADORES SOCIALES SOBRE VERIFICACIÓN DEL MODELO DE OTORGAMIENTO DE LA REPRESENTACIÓN

 Hoy 30 de diciembre se ha publicado la Resolución de 22 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se publica la relación de fiestas locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021

Descargar BOJA aquí

Audiolís y el Consejo Andaluz de Colegios de Graduados Sociales promueven una campaña en Change.org para convertir el 27 de octubre en el Día del Graduado Social.
   
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